¿Qué consecuencias puede tener el cometer un fraude contra el seguro?

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Simular un accidente con vistas a lograr una suculenta indemnización, reclamar unos perjuicios o daños materiales que no se han sufrido o tratar de justificar una lesión previa mediante un percance de esta índole son algunas de las prácticas más habituales en España a la hora de intentar acometer un fraude al seguro. Lo que no mucha gente sabe es que este comportamiento o intento de estafa puede acarrear severas consecuencias tanto económicas como penales.

Dado que la tasa de fraude al seguro creció en 2020 -a pesar de la pandemia y los meses de confinamiento- hasta el 2,21% respecto al 1,9% del año anterior, es conveniente poner el foco en los castigos que atañen a este tipo de prácticas delictivas. Más aún aquí en Andalucía, puesto que los datos anuales recabados por la multinacional ‘Axa Seguros’ en el estudio ‘VII Mapa AXA del Fraude en España apuntan a la comunidad de las ocho provincias como la región nacional, dejando la ciudad autónoma de Melilla (9%) a un lado, donde mayor es este índice con un 3,41%

Un baremo que se sitúa más de un punto por encima de la media nacional, ubicada en 2,21% y que además deja a Almería (4,45%), Cádiz (4,44%) y Málaga (3,76%) como las provincias donde mayores tasas de fraude se detectaron. Pero, ¿qué consecuencias puede tener el cometer un fraude contra el seguro?

Consecuencias económicas y personales

El abogado malagueño Juan Torroba es especialista en responsabilidad civil y derecho de seguros. Él explica que “la primera consecuencia suele ser la rescisión del contrato por parte de la empresa aseguradora”. Además, “dicha empresa suele incluir al defraudador en la vulgarmente llamada ‘lista negra’, que es un fichero de prevención del fraude que tiene UNESPA, la patronal del sector asegurador”. Una medida que dificultaría notablemente cualquier intento futuro de adquirir un seguro por parte del responsable de estos actos.

A todo esto, Juan Torroba añade que, si bien no está regulado como tal, “lo que sí que suele ocurrir en la gran mayoría de los intentos de fraudes es que, si el perjudicado tiene derecho a obtener una indemnización, al haber intentado defraudar a la aseguradora, pierda ese derecho”. En cualquier caso añade, antes de zanjar este punto, que “no cabe identificar el intento de fraude con la pluspetición, pues únicamente se tratará de un distinto criterio del juicio valorativo”. 

Ejemplos más comunes de intentos de fraude al seguro

Entre los comportamientos más habituales donde se puede hallar un intento de fraude al seguro se encuentran, por ejemplo, “la simulación de un accidente con vistas a reclamar”, o “la inclusión dentro de la reclamación de perjuicios no sufridos realmente”. Mismamente, “algo tan sencillo como aquella persona que habiendo sufrido un accidente de tráfico aprovecha para incluir en la reclamación el iPhone cuya pantalla se había roto con anterioridad”, apunta el especialista.

Mientras que reconoce también haberse encontrado casos de fraude donde “una persona contrata pólizas de vida e incapacidad, simulando posteriormente un siniestro con consecuencias lesivas importantes con la finalidad de cobrar la indemnización  que proceda”. 

Consecuencias penales

Todo este tipo de artimañas no sólo acarrean consecuencias económicas o personales, sino que también incluyen cargos penales. El letrado penalista Arturo González reconoce que en el caso de que existiera un delito de estafa “las penas podrán ir desde los seis meses hasta los tres años, o multa de uno a tres meses en caso de que sean menos de 400 euros”.

¿Qué tendría que suceder para que se pueda apreciar un delito de estafa? La ley dice, reconoce el letrado, que “el perjudicado debe sufrir un perjuicio económico a través de un engaño suficiente como para creer que estaba realizando un negocio ilícito”. Para ello, recalca que “no basta sólo con que engañen a la persona o a la entidad, sino que además la víctima debe sufrir un desplazamiento en su patrimonio que le cause un perjuicio”.

No obstante, también existe la posibilidad de que exista un delito de falsedad documental, “si para defraudar al seguro se utiliza información falsa o se tramita algún documento que no sea real, haciéndolo pasar como si lo fuera”. En dicho caso, “las penas varían mucho más dependiendo de si estamos hablando de un documento público o privado y pueden ir desde los seis meses hasta los seis años de prisión”.

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