Apoyo al comercio local de Monda con la campaña «COMPROmetidos con MONDA

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**BASES REGULADORAS DE LA CAMPAÑA DE APOYO AL COMERCIO LOCAL

“COMPROmetidos con MONDA”

PRIMERO.- OBJETO Y FINALIDAD

El Ayuntamiento de Monda se compromete a apoyar el comercio local como parte de su política de dinamización económica y social. El pequeño comercio no solo contribuye a la revitalización de Monda, sino que también fomenta la cohesión social y promueve el desarrollo local, generando empleo y actividad económica.

Con el objetivo de fortalecer el comercio minorista y fomentar las compras en los establecimientos locales, el Ayuntamiento lanza la campaña de promoción del comercio local denominada “COMPROmetidos con MONDA”.

SEGUNDO.- PARTICIPANTES DE LA CAMPAÑA

Podrán participar en esta campaña todas las personas mayores de edad que, como clientes de los establecimientos adheridos, depositen su ticket y papeleta en los puntos habilitados tras realizar sus compras. El Ayuntamiento será responsable de certificar las papeletas y tickets en caso de dudas.

TERCERO.- LIMITACIÓN DE PARTICIPACIÓN

Quedan excluidas de la campaña las personas que sean propietarios o empleados de los establecimientos adheridos, así como sus familiares directos, asesores profesionales y agencias de publicidad o promoción relacionadas con dichos establecimientos. Además, no podrán participar los menores de 18 años.

CUARTO.- ESTABLECIMIENTOS PARTICIPANTES, PLAZO Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

La campaña está dirigida a los pequeños comercios del municipio de Monda que se adhieran en el plazo y forma estipulados en estas bases. Los clientes de estos establecimientos serán los destinatarios finales de la campaña.

No podrán participar en la campaña los establecimientos de restauración, alojamientos, oficinas, almacenes, talleres y farmacias. Los comercios interesados deben tener un local abierto y/o domicilio fiscal en Monda y estar dados de alta en el RETA o en el régimen que corresponda.

Asimismo, los establecimientos deben estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, Hacienda y el Ayuntamiento de Monda al momento de presentar la solicitud de adhesión, la cual deberá realizarse mediante el Modelo Normalizado de Solicitud (Anexo I).

El plazo para presentar las solicitudes será de diez días naturales a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en la sede electrónica, página web y tablón municipales. La presentación de la solicitud implica la aceptación de estas bases y el cumplimiento de los requisitos establecidos, que se acreditará mediante una declaración responsable. Si se verifica que los datos proporcionados no cumplen con los requisitos, el establecimiento quedará excluido de la campaña.

QUINTO.- DURACIÓN

La campaña se llevará a cabo desde el 15 de septiembre de 2025 hasta el 15 de octubre de 2025, ambos días incluidos.

SEXTO.- ADHESIÓN DE LOS COMERCIOS A LA CAMPAÑA

Los comercios interesados deberán inscribirse a través del formulario correspondiente durante un plazo de diez días naturales a partir del día siguiente a la publicación de estas bases. No se aceptarán nuevas adhesiones tras este periodo.

A los comercios que se adhieran se les proporcionará:

Las bases de la campaña.
Un cartel identificativo que deberá estar expuesto de manera visible durante la duración de la campaña.
SÉPTIMO.- COMPROMISOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PARTICIPANTES

Los establecimientos participantes se comprometen a informar a sus clientes sobre las características de la campaña, a exhibir de manera visible la imagen identificativa de la misma y a facilitar la información y documentación requerida para verificar la correcta aplicación de las bases.

OCTAVO.- MECÁNICA DE LA CAMPAÑA

Para participar, los clientes deberán realizar una compra mínima de diez euros (10 €) en cualquiera de los establecimientos adheridos. Por cada ticket de compra que alcance este importe, se podrá presentar una papeleta, permitiendo así participar en la campaña.

Los clientes deberán dirigir sus tickets a uno de los tres puntos habilitados de “COMPROmetidos con MONDA” para la recogida de tickets de la campaña. En estos puntos, se debe presentar el ticket y completar una papeleta con datos personales, que será depositada en urnas disponibles en:

Biblioteca Municipal (Paseo de la Villa, s/n)
Centro Guadalinfo (Paseo de la Villa, s/n)
Oficina de Turismo (Av. de Guaro, s/n)
Los tickets y papeletas podrán ser entregados hasta el 16 de octubre de 2025.

NOVENO.- IMPORTE Y SORTEO DE LOS BONOS

Se ofrecerán 19 bonos al consumo en diferentes cantidades:

1 bono de 200,00 €.
3 bonos de 100,00 €.
5 bonos de 50,00 €.
10 bonos de 25 €.
Tras finalizar la campaña el 16 de octubre de 2025, el Ayuntamiento procederá a retirar las urnas y realizará un sorteo público el 23 de octubre de 2025 a las 11:00 horas en el salón de Plenos del Ayuntamiento. Este acto será público y contará con la presencia de la concejala delegada de desarrollo local y un técnico del Ayuntamiento, quien actuará como secretario/a.

Se extraerán un titular y dos suplentes por cada uno de los 22 bonos, cuyos datos se publicarán en la sede electrónica y página web municipal. Los beneficiarios tendrán cinco días hábiles desde la publicación para retirar el documento que acredite el importe del bono. Si no recoge el documento, se llamará al primer suplente y luego al segundo.

Los bonos deberán ser utilizados antes del 30 de noviembre de 2025. El premio no cubrirá gastos adicionales como viajes, dietas o impuestos que puedan surgir.

DÉCIMO.- CONDICIONES DE LOS BONOS

Los bonos no podrán ser cambiados, alterados ni compensados a solicitud del participante premiado. Este podrá renunciar al premio, pero no se ofrecerá un premio alternativo ni habrá derecho a indemnización.

UNDÉCIMO.- RENUNCIA A LOS BONOS

El Ayuntamiento no estará obligado a entregar el bono en caso de que el ganador no acepte el premio o se niegue a proporcionar los datos personales necesarios para la gestión y promoción del premio, así como aquellos requeridos para cumplir las obligaciones fiscales según la legislación vigente.

DUODÉCIMO.- PAGO AL ESTABLECIMIENTO ADHERIDO

Una vez realizado el sorteo, los beneficiarios de los bonos de 200 € y 100 € deberán informar al Ayuntamiento, en un plazo máximo de cinco días hábiles, el establecimiento donde realizarán sus compras y el importe correspondiente. Los bonos de 50 € y 25 € deberán canjearse en un único comercio adherido a la campaña. Los beneficiarios podrán utilizar los bonos hasta el 30 de noviembre.

Posteriormente, los establecimientos deberán presentar la factura de los productos y servicios suministrados al Ayuntamiento.

TRIGÉSIMO.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La participación en la campaña implica la aceptación total de estas bases y la sumisión a las decisiones interpretativas que de ellas se deriven.

CUADRAGÉSIMO.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES

El Ayuntamiento se reserva el derecho de modificar estas bases durante el desarrollo de la campaña para mejorar su funcionamiento.

QUINCUAGÉSIMO.- CANCELACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN

El Ayuntamiento se reserva el derecho a cancelar, aplazar, suspender o modificar la celebración de la campaña por causas justificadas o de fuerza mayor, sin comprometerse a la asignación de los bonos.

SEXAGÉSIMO.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

El Ayuntamiento de Monda, cumpliendo con el Reglamento General de Protección de Datos, informa que los datos personales de los participantes podrán ser tratados de forma automatizada e incorporados al sistema de información del Ayuntamiento. El uso de estos datos estará restringido a la gestión municipal y podrá comunicarse a otras Administraciones Públicas. Los interesados podrán ejercer derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición a través del servicio de información y registro del Ayuntamiento.

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