**Agencias.-
La Sala que ejecuta la sentencia del caso ‘Malaya’ ha acordado la acumulación de cinco condenas firmes que tiene ya el cerebro de la trama Juan Antonio Roca y refunde las penas impuestas, «fijando la pena máxima a cumplir» en 20 años de prisión, que es el máximo legal establecido. Esta refundición es un trámite esencial para poder acceder a beneficios penitenciarios. Así consta en un auto de dicho Tribunal, al que ha tenido acceso Europa Press, con el que responde a la petición realizada por la defensa de Roca en dos ocasiones, a finales de 2015 y el pasado mes de abril de este año, para que se realizara la acumulación y que se fijara el límite máximo de cumplimiento efectivo, teniendo en cuenta que ya superaba ese máximo legal establecido en 20 años.
Roca, que lleva en la cárcel más de diez años, ha sido condenado en sentencia firme en el caso «Malaya», donde se le impuso 17 años de prisión; en «Minutas», en el que se le condenó a tres años; en «Saqueo I», en el que se le impusieron seis años y diez meses; en «Belmonsa», que fueron nueve meses, y en otro caso en el que se le impusieron 15 días de cárcel. Sobre estas causas se realiza la acumulación.
Estas condenas sumarían 27 años y siete meses de prisión, pero, además, según señala la Sala, al ser la pena más alta hasta ahora impuesta de siete años por el delito de blanqueo de capitales en el caso «Malaya», «el triple de la máxima serían 21 años de límite específico», lo que es «superior al genérico previsto en nuestra legislación», que es de 20 años.
Esto requiere de una conexidad temporal, sobre lo que la Sala recuerda que todas estas condenas se refieren a hechos realizados por Roca cuando desempeñaba las funciones de responsable de urbanismo en el Ayuntamiento en el periodo comprendido entre 1991 y 2006 «habiendo podido ser enjuiciado todos ellos en un mismo proceso si los medios de la Administración de Justicia lo hubiera permitido».
Por todo esto, señala el Tribunal en su resolución, esos 20 años «sería el límite máximo a aplicar, no sólo por las sentencias ahora refundidas sino incluso las que se puedan dictar en un futuro dada la naturaleza de los delitos imputados al señor Roca y las penas previstas para los mismos».